
Además, ambos medios de transporte deben estar registrados en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
Para comprender la diferencia entre los dos vehículos, es importante tomar en cuenta que, las bicimotos son se encuentran clasificadas en la categoría L1 y cuentan con un motor de baja potencia. Además, durante sus recorridos no sobrepasan los 50 km/h.
Por su lado, las motos eléctricas también están incluidas dentro del grupo de los vehículos automotores (a combustión o eléctrico). Sin embargo, su velocidad puede ser mayor o menor a 50 km/h, por lo que están consideradas dentro de la categoría L3.
En ese sentido, Luis Quispe Candia, presidente de la ONG Luz Ámbar, comentó para Infobae que en el año 2002 ya se había establecido que las bicimotos tuvieran placa. Del mismo modo, los conductores tenían que tener licencia. “Pero nunca se les obligó”, aseguró.
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